El pasado 28 de abril de 2022, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolvió una cuestión prejudicial planteada por Conseil d’État belga (Consejo de Estado, actuando como Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo) sobre el alcance del sector Administraciones públicas en términos de Sistema Europeo de Cuentas (Reglamento (UE) nº 549/2013, de 21 de mayo de 2013). En particular, el TJUE se pronuncia sobre la inclusión en dicho sector de la Secretaría General de la Formación Católica ASBL (SeGEC) y otras seis asociaciones sin ánimo de lucro que operan en el ámbito de la enseñanza en Bélgica (asunto C-277/21).
Como es sabido, el SEC-2010 constituye la metodología que deben seguir los Estados miembros para presentar los datos estadísticos a las instituciones europeas, con el objetivo de supervisar el cumplimiento de los mandatos de disciplina presupuestaria. Uno de los aspectos más importantes en la elaboración de los datos estadísticos es la delimitación del sector “Administraciones públicas” (S.13), puesto que el déficit y la deuda de las entidades que se encuentren incluidas en este sector consolidarán en el balance de la Administración pública que las controla: Estado, Comunidades Autónomas o Entes locales.