STS 327/2023. A la revocación de la licencia no resultan de aplicación los principios y garantías del procedimiento sancionador.
STS 327/2023 de 13 de marzo de 2023. Se interpone recurso de casación contra la sentencia dictada por el TSJ de Canarias que se pronunciaba sobre el recurso contencioso-administrativo interpuesto por un particular contra el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria sobre licencia de taxi.
La cuestión principal se centra en determinar si resulta de aplicación los principios y garantías del propio procedimiento administrativo sancionador a la revocación de una licencia de autotaxi.
El TS recurre a la normativa y jurisprudencia aplicable al caso y aclara que la retirada definitiva de la licencia de autotaxis que impone no es propiamente una sanción impuesta en el ejercicio de la potestad sancionadora, consecuencia de la responsabilidad que se anuda a una infracción o falta administrativa de las contempladas en los artículos 49 y ss. del RNSU que estaría sujeta al plazo de prescripción del reiterado artículo 145 LOTT, sino una revocación de la licencia en aplicación de lo dispuesto en el artículo 48.g) del RNSU, por incumplimiento de una de las condiciones con que había sido otorgada aquélla, no sujeta, por tanto, al plazo de prescripción de las sanciones; revocación prevista en el artículo 48 RNSU y apreciada y declarada en el presente caso después de constatar dicho incumplimiento en un procedimiento tramitado con las garantías de audiencia y defensa, según establece el mismo art. 48, in fine, del RNSU>>.
Por lo tanto, dispone el Alto Tribunal que la actuación administrativa impugnada en el recurso contencioso administrativo es diferentes a los pronunciamientos aducidos previamente en relación con esta cuestión, pues en los supuestos anteriores se impugnaba la imposición de la sanción y la revocación de la licencia, mientras que en el caso examinado se impugnaba la denegación presunta de la solicitud para que se declarara prescrita la sanción impuesta y la revocación de la licencia.
En este sentido, el TS desestima el recurso de casación interpuesto, pues a la revocación de la licencia no resultan de aplicación los principios y garantías del procedimiento sancionador.
En este sentido, el TS desestima el recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada por el TSJ de Canarias en el marco del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm.4 de Las Palmas de Gran Canaria.
Texto completo en CENDOJ (Roj: STS 842/2023 – ECLI:ES:TS:2023:84).